05 Oct

Perspectiva: Plan de pensiones empresarial

Ya casi acabando el año podemos decir que, 2022 nos ha traído cambios positivos, hemos dejado algo atrás el COVID 19, permitiéndonos de nuevo tener relación de cercania, y además, a nivel de jubilación empresarial ha habido cambios en la normativa. 

Si eres de lo que proteger el objetivo de la jubilación es importante, conoce con más profundidad con este nuevo BLOG. 

¿Qué se aplica si hay un convenio colectivo?

El 15 por ciento de la indemnización patronal sólo se aplica si no hay una regulación diferente en el convenio colectivo. Esto se debe a que las partes de un convenio colectivo también pueden decidir desviarse de las normas de remuneración del empresario.

¿Quién tiene derecho a la prestación empresarial?

A partir del 1 de enero de 2022, el nuevo reglamento (párrafo 1a, sección 1a de la BetrAVG) prevé una subvención obligatoria del 15% por parte del empresario. 

*Sin embargo, antes de saltar de alegría, sigue leyendo para conocer si encaja para ti y tus objetivos.

¿Sabias que?

La subvención debe pagarse con los componentes brutos del salario que están sujetos a las cotizaciones de la seguridad social.

Funcionamiento de la magia del calculo 

Los ingresos hasta el tope máximo actualmente(2022) es de 7050 euros, están sujetos a las cotizaciones de la seguridad social. 

Esto significa, mi querido lector que cualquier persona que gane más de 7050 euros brutos al mes NO puede ahorrar las cotizaciones a la seguridad social y, por lo tanto, NO recibirá el subsidio obligatorio. (Esta parte es fundamental y debe de ser aclarada en cada caso individual)

¿Tengo que solicitar activamente la subvención?

No. Es responsabilidad del empresario pagar el subsidio y crear las condiciones. Si el empresario no lo hace, es responsable de los daños. Si no paga el subsidio, debe ponerte como beneficiario de la pensión en la misma situación que si hubieras recibido las prestaciones si las hubiera aplicado correctamente. Puede sumar bastante si se dejan de pagar algunos cientos o miles de euros durante un periodo de años.

Ventajas de los planes de pensiones de empleo

  • Ahorrar las cotizaciones a la seguridad social: Mediante la conversión del salario bruto, se ahorra los impuestos y las cotizaciones a la seguridad.
  • Cómodo: podemos asegurarnos un monto para la vejez sin ninguna molestia, porque el empresario se encarga de los contratos y del pago de las cotizaciones.
  • Seguro: Al existir una pensión garantizada para la mayoría de los contratos, las cotizaciones se invierten en formas de inversión de bajo riesgo

* También significa una baja rentabilidad cuando los tipos de interés son bajos. 

¿Sabias que?

Novedad desde 2018: Ya no se exige una pensión garantizada para los contratos financiados por el empleador. En el marco de los convenios colectivos, también es posible ofrecer contratos en los que sólo se fije el importe de las cotizaciones, pero no se garantice la cuantía de la pensión. Esto abre mayores oportunidades de rendimiento, pero también se asocia a un riesgo correspondientemente mayor sin tener el control del barco.

Desventajas de los planes de pensiones de empleo

  • Impuestos y cotizaciones en la vejez: Los impuestos y, en el caso de las personas con seguro médico obligatorio, las cotizaciones a la seguridad social se deben pagar en la fase de pago. El importe del impuesto depende del tipo impositivo personal.
  • El empleador especifica el modelo: Esto restringe la libertad de elección. *Existen 5 modelos diferentes que forman parte del empresarial. No tenemos el control del barco.
  • **Menos de pensión social: Si convierte una parte de su salario sin cotizar a la seguridad social, paga menos al régimen legal de pensiones y, por tanto, reduce su pensión social.

¿Sabias que?

También se ve afecto el desempleo

  • Inflexible: puedes llevarte tus ahorros cuando cambias de trabajo, pero no hay derecho legal a que el nuevo empleador se haga cargo del antiguo contrato. 
  • Lo acumulado es iliquido: No siempre es posible recibir la suma acumulada. Unicamenbte  cuando llegamos a la fase inactiva. 
  • Aumentar el contrato: al estar limitado por unos topes máximos, no siempre es posible aumentar las cantidades. En este sentido, si nos preocupa nuestra vejez, no debería de ser la primera y/o única opción para este objetivo financiero.

¿Sabias qué?

Cerrar el vacío económico para nuestra fase inactiva debe de ser una de nuestras prioridades obligadas. Sin embargo, debemos de analizar las ventajas de otras alternativas para la vejez y no tener la pensión empresarial como primer medio de elección. 

Obtener asesoramiento individual es siempre la forma más optima de entender el sistema y,  ponderar/equilibrar/obtener la liquidez adecuada para este objetivo financiero como es  la pensión empresarial. 

¿Puedo renunciar a la cotización del empresario?

No, no puedes. Incluso si lo aceptara, la prohibición expresa del artículo 19, apartado 3, de la BetrAVG se interpondría. Una renuncia sería nula.

La pregunta para responder seria/ es: ¿qué cantidad es adecuada aportar?

Con gusto, si quieres obtener respuesta, será un place atenderte

Si no tienes asesor financiero, estoy con gusto aquí para ti

“La educación financiera nos ayuda a tomar mejores decisiones”

Santiago Canovas Educacion Financiera